Declaratoria de Zona de Reserva Ecológica en Zipolite

ARTÌCULO 1. El presente Reglamento tiene por objeto regular el funcionamiento Interno del
Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Oaxaca de Juárez, Oaxaca, erigido en Cabildo,
como autoridad colegiada del Municipio, así como la existencia y funcionamiento de sus
Comisiones.
Las disposiciones del presente Reglamento son aplicables a los Consejos Municipales que en su
caso lleguen a designarse en los términos del artículo 113 de la Constitución Política del Estado
de Oaxaca.
ARTÌCULO 2.- Se denomina Cabildo al Ayuntamiento reunido en sesión y como cuerpo
colegiado de Gobierno, le compete la definición de las políticas generales de la administración
municipal en los términos de las leyes aplicables.
La ejecución de las políticas y el ejercicio de las funciones administrativas del Ayuntamiento, se
deposita en el Presidente Municipal y en las autoridades administrativas a que se refieren la Ley
Municipal para el Estado de Oaxaca y las Ordenanzas de la Municipalidad de Oaxaca de Juárez.
ARTÌCULO 3.- La aplicación del presente reglamento es atribución exclusiva del Cabildo y de
las autoridades que en el propio ordenamiento se mencionan, así como su interpretación
mediante acuerdo económico que se dicte, con la opinión del Síndico en turno.